Quizás
resulta redundante repetir que la
Cuaresma es un tiempo de preparación. Sin embargo, debe
entenderse así. Tal preparación implica un tiempo de reflexión como anticipación
a la festividad de la Pascua
y un tiempo de preparación espiritual, para mirar hacia nuestro interior
descubriendo las realidades personales íntimas que nos separan de Dios y de
nuestros hermanos. Tal descubrimiento debe llevarnos a un sincero
arrepentimiento y a un propósito de conversión que reordene nuestra vida y haga
renacer la paz interior y exterior, conformándose así la verdadera preparación
que implica este tiempo cuaresmal. ¿Cómo lograrlo? Pues la respuesta es: a través
de una buena confesión.
Lo anteriormente
dicho me da pie para sugerir la lectura de lo que sigue, que es una completa síntesis
histórica del sacramento de la reconciliación. Su lectura ayudará a despejar
dudas y aportará elementos para tener en cuenta en los momentos en que sea
necesario defender cuestionamientos que se suelen hacer en contra de este
sacramento
El sacramento
de la penitencia en la historia
La penitencia es “un Sacramento de la Nueva Ley instituida
por Cristo donde es otorgado el perdón por los pecados cometidos luego del
bautismo a través de la absolución del sacerdote a aquellos que con verdadero
arrepentimiento confiesan sus pecados y prometen dar satisfacción por los
mismos. Es llamado un ’sacramento’ y no una simple función o ceremonia porque
es un signo interno instituido por Cristo para impartir gracia al alma. Como
signo externo comprende las acciones del penitente al presentarse al
sacerdote y acusarse de sus pecados, y las acciones del sacerdote al
pronunciar la absolución e imponer la satisfacción” [1].
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Es importante
hacer notar que “la confesión no es realizada en el secreto del corazón del
penitente tampoco a un seglar como amigo y defensor, tampoco a un representante
de la autoridad humana, sino a un sacerdote debidamente ordenado con la
jurisdicción requerida y con el poder de perdonar pecados que Cristo otorgó a
Su Iglesia” [2] La finalidad del presente estudio consiste en profundizar en el
sustento bíblico e histórico del Sacramento, analizar a la luz de esta
evidencia los errores introducidos a raíz de la Reforma Protestante,
así como las distorsiones históricas que se manejan en las denominaciones
surgidas de esta, al punto de llegar a convertirse en una historia alternativa
completamente diferente a la real.
El fundamento bíblico
La facultad que tiene la Iglesia para conceder en
nombre de Dios el perdón de los pecados proviene del mismo Cristo quien
confirió esta facultad a sus apóstoles al decirles “La paz con vosotros.
Como el Padre me envió, también yo os envío.” Dicho esto, sopló sobre ellos y
les dijo: “Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les
quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos.” [3]
También dijo a Pedro “A ti te daré las llaves del Reino de los Cielos; y lo
que ates en la tierra quedará atado en los cielos, y lo que desates en la
tierra quedará desatado en los cielos” [4] y a los apóstoles “Yo os aseguro:
todo lo que atéis en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que
desatéis en la tierra quedará desatado en el cielo.” [5]
El significado de atar y desatar no se limita a
la autoridad de definir que es lícito y que no en cuando a doctrina, sino
también a la facultad de conceder el perdón de los pecados, ya que el poder
otorgado aquí no es limitado: “todo lo que atéis", “todo lo que
desatéis", poder que a su vez es confirmado explícitamente por Cristo al
permitir perdonar o retener los pecados.
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Objeciones protestantes
Existen numerosas objeciones de parte de las
diferentes denominaciones protestantes respecto al Sacramento de la Penitencia. El
protestantismo en general declara que no es necesaria la intervención humana
para que Dios perdone el pecado y que este debe ser confesado en privado sólo a
Dios.
Un ejemplo lo he tomado del Manual Práctico Para la Obra del Evangelismo Personal
donde se afirma:
“no hallamos en las Santas Escrituras ni una
sola línea en que ordene al cristianismo confesar sus pecados ante un hombre”
[6]
Otro ejemplo lo tenemos en los comentarios de uno
de los numerosos apologistas del protestantismo en el Internet, quien escribe
con más entusiasmo que sapiencia:
“Jesucristo admitió implícitamente que el único
que perdona los pecados es Dios (Marcos 2, 7 y Lucas 5, 21). Y el mismo apóstol
Juan afirma que Dios es fiel y justo para perdonar los pecados—Si confesamos
nuestros pecados, él es fiel y justo para perdonar nuestros pecados, y
limpiarnos de toda maldad (1 Juan 1, 8-9). Ni en este texto ni en ningún
otro de la
Escritura está registrado que algún apóstol obró de confesor
o absolvió de pecados a algún cristiano.” [7]
Este tipo de objeción comete el error de
confundir a quien concede el perdón (Dios), con el medio que Dios utiliza para
administrarlo (el sacerdote). El texto citado no entra en contradicción con la
confesión del pecado ante el sacerdote o la iglesia, sino que lo deja implícito
(parte de algo que ya se sabía—que a la Iglesia le fue otorgada la facultad de perdonar
pecados—para darnos a entender que Dios es fiel y justo para perdonar a quien
reconozca sus faltas. Esto se hace más claro si se analiza el contexto entero.
El versículo anterior dice: “Si dijéremos que no tenemos pecado, nos
engañamos a nosotros mismos” lo que complementa el siguiente “[pero] si
reconocemos nuestros pecados, fiel y justo es él para perdonarnos". El
texto es en sí una exhortación al reconocimiento de las propias faltas (en vez
de negarlas) y nunca una excusa o aval para confesar nuestros pecados
directamente a Dios.
También es incorrecto afirmar que Cristo admitió
que sólo Dios perdona el pecado. La Escritura señala que Él tiene facultad para
hacerlo, sin entrar en polémica sobre su divinidad: “Pues para que sepáis
que el Hijo del hombre tiene potestad en la tierra de perdonar
los pecados” [8] Luego, prueba a través de un milagro físico (el signo externo
de la curación del paralítico) lo que es un verdadero milagro espiritual (la
realidad interna del perdón del pecado). Así, en la conclusión de esta
enseñanza se nos declara: “Y al ver esto, la gente temió y glorificó a Dios,
que había dado tal poder a los hombres.” [9]. Es obvio que
esto no se refiere a la sanidad física, que era la prueba tangible de un
milagro mucho más portentoso, sino al milagro en sí de la curación espiritual
del enfermo a través del perdón de sus pecados. Y aunque Cristo en ese momento
hubiese querido reconocer eso implícitamente (cosa que no concedemos) esto
tampoco tendría por qué impedir que Cristo posteriormente pudiera transmitir
ese poder a sus apóstoles, tal como queda firmemente atestiguado en la Escritura.
Tampoco es cierto que ni ningún apóstol o ningún
otro obró de confesor, o no existe en la Escritura la mención de confesar pecados a hombre
alguno. Existen referencias bíblicas explícitas que echan por tierra estas
afirmaciones demostrando que los pecadores arrepentidos no se limitaban a la
confesión interior. El evangelio de Marcos narra cómo quienes acudían a Juan
Bautista para ser bautizados le confesaban sus pecados “Acudía a él gente de
toda la región de Judea y todos los de Jerusalén, y eran bautizados por él en
el río Jordán, confesando sus pecados.” [10] Lo mismo se afirma de aquellos
que, al convertirse, acudían a los apóstoles “Muchos de los que habían creído
venían a confesar y declarar sus prácticas.” [11] Existe evidencia también de
que el pecador no solamente debía confesar su pecado a Dios, sino a la Iglesia: “Confesaos, pues,
mutuamente vuestros pecados y orad los unos por los otros, para que seáis
curados.” [12]
Aunque no vemos en estos textos una confesión
auricular como la conocemos hoy, podemos ver dos hechos claves: Cristo concedió
a los apóstoles la facultad de perdonar pecados, y que el pecador no se
limitaba a la confesión interior. ¿Cómo pudieran los apóstoles perdonar pecados
secretos a menos que los fieles se los confesaran?
Es incorrecta también la objeción de que cuando
en la Escritura
se ordena confesar los pecados se refiere a pedir perdón a los hermanos que
hemos ofendido. Si bien una ofensa es un pecado, no todos los pecados son
ofensas al prójimo y reducir así el significado del texto es desvirtuar su
significado real y completo del texto.
Cuando la Escritura habla de confesión de pecados no se
refiere a pedir perdón a algún hermano por haberle ofendido. Compárese esta
interpretación con Marcos 1, 5: “Acudía a él gente de toda la región de Judea
y todos los de Jerusalén, y eran bautizados por él en el río Jordán, confesando
sus pecados“¿Deberíamos interpretar que toda la gente de Judea y
Jerusalén había ofendido a Juan el bautista? Si lo aplicamos a Hechos 19, 18
“Muchos de los que habían creído venían a confesar y declarar sus
prácticas“¿deberíamos interpretar que todos los nuevos conversos
habían ofendido a los apóstoles? Note que el texto aquí es particularmente
claro, porque habla de confesar y declarar “sus prácticas“, no sus
ofensas. Recordemos también que el primer ofendido por nuestros pecados es
Dios, pues todo pecado es primeramente una violación de la justicia divina.
Evidencia de la Reconciliación en
el Antiguo Testamento
La realidad sacramental de la Iglesia es precedida en la
historia por su modelo profético, la Ley Mosaica. En ella vemos (Levítico 4 y 5) que
Dios exigía un sacrificio ceremonial por los pecados cometidos. El sacrificio
se realizaba en el Tabernáculo (luego en el Templo) y delante de los
sacerdotes, lo cual en sí es una admisión pública por el pecado. El ejercicio
de estas ceremonias no solo era público y además enseñaba a los pecadores la
inevitable consecuencia del pecado: la muerte. El animal que se sacrificaba
moría en lugar del pecador. El modo de ejecución de dichos sacrificios es un
equivalente del Sacramento de la Reconciliación que no se puede negar y en el que
tanto el sacerdote como el fiel tienen una participación claramente definida.
Si es una persona del pueblo la que peca
inadvertidamente y se ha hecho culpable, cometiendo una falta contra alguna de
las prohibiciones contenidas en los mandamientos del Señor, una vez que
se le haga conocer el pecado que ha cometido, presentará como ofrenda
por la falta cometida, una cabra hembra y sin defecto. Impondrá su mano sobre
la cabeza de la víctima y la inmolará en el lugar del holocausto. Después el
sacerdote mojará su dedo en la sangre, la pondrá sobre los cuernos del altar de
los holocaustos y derramará el resto de la sangre sobre la base del altar.
Luego quitará toda la grasa de la víctima, como se hace en los sacrificios de
comunión, y la hará arder sobre el altar, como aroma agradable al Señor. De
esta manera, el sacerdote practicará el rito de expiación en favor de esa
persona, y así será perdonada. Si lo que trae como ofrenda por el pecado es un
cordero, deberá ser hembra y sin defecto. Impondrá su mano sobre la cabeza de
la víctima y la inmolará en el lugar donde se inmolan los holocaustos. Luego el
sacerdote mojará su dedo en la sangre de la víctima, la pondrá sobre los
cuernos del altar de los holocaustos, y derramará toda la sangre sobre la base
del altar. Después quitará toda la grasa del animal, como se quita la grasa del
cordero en los sacrificios de comunión, y la hará arder sobre el altar, junto
con las ofrendas que se queman para el Señor. De esta manera, el
sacerdote practicará el rito de expiación en favor de esa persona, por
el pecado que cometió, y así será perdonada. (Levítico 4, 27-35)
Evidencia histórica
Existe una gran variedad de distorsiones
históricas respecto al sacramento de la penitencia entre las denominaciones
protestantes. Algunos ven la confesión auricular (componente importante del
Sacramento) como un invento del segundo milenio. Un ejemplo de este tipo de
distorsiones lo tenemos en el “Manual práctico para la obra del evangelismo
personal” ya citado el cual a este respecto afirma:
“La confesión auricular a los sacerdotes fue
oficialmente establecida en la
Iglesia romana en el año de 1215. Más tarde en el Concilio de
Trento, en 1557, pronunció maldiciones sobre todos aquellos que habían leído la Biblia lo suficiente para
hacer a un lado la confesión auricular.” [13].
Vale aclarar que las definiciones dogmáticas de
los concilios no pueden interpretarse como que de alguna manera se está
introduciendo una nueva doctrina. Estas suelen ocurrir cuando alguna verdad
fundamental es cuestionada o necesita ser definida claramente para bien de los
fieles.
Es importante aclarar, también, que aunque la confesión auricular como la
conocemos hoy pudo haber ido desarrollándose en su forma exterior a través del
tiempo. Veremos que su esencia, radica en el hecho reconocido de la
reconciliación del pecador por medio de la autoridad de la Iglesia. Y que ese
hecho es parte del legado de la
Iglesia, habiendo existido desde que Cristo otorgó dicho
poder a los apóstoles. Comprobaremos que la disciplina penitencial, incluida la
confesión de los pecados ante el sacerdote y ante la Iglesia, existe desde
tiempos apostólicos.
Examinemos la Didajé (60-160 d.C.) considerada uno de los más
antiguos escritos cristianos no-canónicos y que antecede por mucho a la mayoría
de los escritos del Nuevo Testamento. Estudios recientes señalan una posible
fecha de composición anterior al 160 d.C. Es un excelente testimonio del
pensamiento de la Iglesia
primitiva. Dicho documento es particularmente insistente en requerir la
confesión de los pecados antes de recibir la Eucaristía.
“En la reunión de los fieles confesarás tus
pecados y no te acercarás a la oración con conciencia mala.” [14]
En la
Didajé tenemos un temprano testimonio histórico opuesto
a la posición protestante de confesar los pecados directamente a Dios.
Testimonio de Orígenes (185-254 d.C.)
Orígenes fue padre de la Iglesia, teólogo y
comentarista bíblico. Vivió en Alejandría hasta el 231, pasó los últimos veinte
años de su vida en Cesárea del Mar, Palestina y viajando por el Imperio Romano.
Fue el mayor maestro de la doctrina cristiana en su época y ejerció una
extraordinaria influencia como intérprete de la Biblia.
Afirma que luego del bautismo hay medios para
obtener el perdón de los pecados cometidos luego de este. Entre ellos enumera
la penitencia.
Además de esas tres hay también una séptima
[razón] aunque dura y laboriosa: la remisión de pecados por medio de la
penitencia, cuando el pecador lava su almohada con lágrimas, cuando sus
lágrimas son su sustento día y noche, cuando no se retiene de declarar
su pecado al sacerdote del Señor ni de buscar la medicina, a la manera
del que dice “Ante el Señor me acusaré a mi mismo de mis iniquidades, y tú
perdonarás la deslealtad de mi corazón.” [15]
Así Orígenes admite una remisión de pecados a
través de la penitencia y la confesión ante un sacerdote. Afirma que es el
sacerdote quien decide si los pecados deben ser confesados también en público.
“Observa con cuidado a quién confiesas
tus pecados; pon a prueba al médico para saber si es débil con los
débiles y si llora con los que lloran. Si él creyera necesario que tu mal sea
conocido y curado en presencia de la asamblea reunida, sigue el consejo del
médico experto.” [16]
También reconoce que todos los pecados pueden ser
perdonados:
“Los cristianos lloran como a muertos a los
que se han entregado a la intemperancia o han cometido cualquier otro pecado,
porque se han perdido y han muerto para Dios. Pero, si dan pruebas suficientes
de un sincero cambio de corazón, son admitidos de nuevo en el rebaño después de
transcurrido algún tiempo (después de un intervalo mayor que cuando son
admitidos por primera vez), como si hubiesen resucitado de entre los muertos”
[17]
Declaraciones de Tertuliano
Estrictamente hablando Tertuliano no es
considerado un padre de la
Iglesia, sino un apologeta y escritor eclesiástico, ya que al
final de su vida cae en herejía abrazando el montanismo. Sin embargo fue muy
leído antes de su abandono de la Iglesia Católica. Tanto en su periodo ortodoxo
como en su periodo herético tenemos en Tertuliano un testigo sin igual que nos
informa sobre la práctica primitiva de la penitencia en la Iglesia.
Cuando escribe De paenitentia (aproximadamente en
el año 203 d.C. siendo todavía católico). Habla aquí de una segunda penitencia
que Dios “ha colocado en el vestíbulo para abrir la puerta a los que llamen,
pero solamente una vez, porque ésta es ya la segunda” [18]
En los textos de Tertuliano se ve un
entendimiento diáfano de cómo el creyente que ha caído en pecado luego del
bautismo tiene necesidad del Sacramento de la Penitencia y expresa el
temor de que éste sea mal entendido por los débiles como un medio para seguir
pecando y obtener nuevamente el perdón:
” ¡Oh Jesucristo, Señor mío!, concede a tus
servidores la gracia de conocer y aprender de mi boca la disciplina de la
penitencia, pero en tanto en cuanto les conviene y no para pecar; con otras
palabras, que después (del bautismo) no tengan que conocer la penitencia ni
pedirla. Me repugna mencionar aquí la segunda, o por mejor decir, en este caso
la última penitencia. Temo que, al hablar de un remedio de penitencia que se
tiene en reserva, parezca sugerir que existe todavía un tiempo en que se puede
pecar” [19]
Tertuliano habla de “pedir” la penitencia,
descartando la posibilidad de limitarse a una confesión directa con Dios. Esto
lo explica
Tertuliano detalladamente cuando afirma que para alcanzar
el perdón el penitente debe someterse a la έξομολόγησις, o confesión pública, y
adicionalmente cumplir los actos de mortificación (capítulos 9-12).
El Testimonio de Tertuliano prueba también que la
penitencia terminaba tal como hoy en día como una absolución oficial, luego de
haber confesado el pecado: “rehúyen este deber como una
revelación pública de sus personas, o que lo difieren de un día para
otro"…"¿Es acaso mejor ser condenado en secreto que perdonado en
público?” En el capítulo XII habla de la eterna condenación que
sufren quienes no quisieron usar esta segunda “planca salutis“.
En su periodo montanista Tertuliano niega a la Iglesia el poder de
perdonar los pecados graves (adulterio y fornicación) afirmando que dicho
perdón lo obtuvo sólo Pedro y negando que éste lo trasmitiera a la Iglesia. Las razones
de esta negativa no son las razones de los protestantes de hoy, sino mas bien
el carácter riguroso de la doctrina montanista que afirmaba que dichos pecados
eran imperdonables.
Es así como se retracta de lo escrito por el
mismo escribiendo De Pudicitia (Sobre la Modestia) cuando se ve impelido al enfrentarse a
un obispo al que llama Pontifex Maximus y Episcopus Episcoporum (muy
posiblemente el Papa Calixto) en virtud a un edicto donde escribe “Perdono los
pecados de adulterio y fornicación a aquellos que han cumplido penitencia”
confirmando así el poder de la
Iglesia de perdonar pecados aun si se trata de adulterio y
fornicación. Este edicto es otra evidencia de la posición oficial de la Iglesia que tiene
conciencia del poder recibido de Cristo para otorgar el perdón los pecados.
Deja así Tertuliano su testimonio hostil sobre la
práctica de la Iglesia
pre-nicena:
“Y deseo conocer tu pensamiento, saber qué
fuente te autoriza a usurpar este derecho para la “Iglesia.” Sí, porque el
Señor dijo a Pedro: “Sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, ” “a ti te he dado
las llaves del reino de los cielos, ” o bien: “Todo lo que desatares sobre la
tierra, será desatado; todo lo que atares será atado"; tú presumes luego
que el poder de atar y desatar ha descendido hasta ti, es decir, a toda Iglesia
que está en comunión con Pedro, ¡Qué audacia la tuya, que perviertes y cambias
enteramente la intención manifiesta del Señor, que confirió este poder
personalmente a Pedro!” [20]
Registro de San Cipriano (258 d.C.)
San Cipriano nació hacia el año 200,
probablemente en Cartago, de familia rica y culta. Se dedicó en su juventud a
la retórica. El disgusto que sentía ante la inmoralidad de los ambientes
paganos, contrastado con la pureza de costumbres de los cristianos, le indujo a
abrazar el cristianismo hacia el año 246 d.c. Poco después, en 248 d.C., fue
elegido obispo de Cartago.
San Cipriano es un claro expositor de la
conciencia de la Iglesia
de haber recibido de Cristo el poder de perdonar pecados. Combate así la
herejía de Novaciano, quien negaba que hubiera perdón para quienes en tiempo de
persecución hubieran renegado de la fe (los lapsi). Así, en De opere et
eleemosynis dice que quienes han pecado luego de haber recibido Bautismo
pueden volver a obtener el perdón cualquiera que sea el pecado.
También deja un testimonio claro del deber de
confesar el pecado mientras haya tiempo y mientras esta confesión pueda ser
recibida por la Iglesia:
“Os exhorto, hermanos carísimos, a que
cada uno confiese su pecado, mientras el que ha pecado vive todavía en este
mundo, o sea, mientras su confesión puede ser aceptada,
mientras la satisfacción y el perdón otorgado por los sacerdotes son aún
agradables a Dios” [21]
Enseñanza de San Hipólito Mártir (ca. 235
d.C.)
Se desconoce el lugar y fecha de su nacimiento,
aunque se sabe fue discípulo de San Ireneo de Lyon. Su gran conocimiento de la
filosofía y los misterios griegos, su misma psicología, indica que procedía del
Oriente. Hacia el año 212 d.C. era presbítero en Roma, donde Orígenes—durante
su viaje a la capital del Imperio—le oyó pronunciar un sermón.
Con ocasión del problema de la readmisión en la Iglesia de los que habían
apostatado durante alguna persecución, estalló un grave conflicto que le opuso
al Papa Calixto, pues Hipólito se mostraba rigorista en este asunto, aunque no
negaba la potestad de la
Iglesia para perdonar los pecados. Tan fuerte fue el
enfrentamiento que Hipólito se separó de la Iglesia y, elegido obispo de Roma por un reducido
círculo de partidarios, convirtiéndose así en el primer antipapa de la
historia. El cisma se prolongó tras la muerte de Calixto, durante el
pontificado de sus sucesores Urbano y Ponciano. Terminó en el año 235 d.C., con
la persecución de Maximiano, que desterró al Papa legítimo (Ponciano) y a
Hipólito a las minas de Cerdeña, donde se reconciliaron. Allí los dos
renunciaron al pontificado, para facilitar la pacificación de la comunidad
romana, que de este modo pudo elegir un nuevo Papa y dar por terminado el
cisma. Tanto Ponciano como Hipólito murieron en el año 235 d.C.
Hipólito es un excelente testimonio cómo la Iglesia estaba conciente
de su propia autoridad de perdonar pecados, ya que, aun siendo intransigente,
no llega a negar la facultad de la
Iglesia para la absolución. Evidencia de esto la hay en La Tradición Apostólica,
Αποστολική παράδοσις, donde nos deja un testimonio indiscutible cuando
reproduce allí la oración para la consagración de un obispo:
“Padre que conoces los corazones, concede a
este tu siervo que has elegido para el episcopado… que en virtud del Espíritu
del sacerdocio soberano tenga el poder de “perdonar los pecados”
(facultatem remittendi peccata) según tu mandamiento; que “distribuya las partes”
según tu precepto, y que “desate toda atadura” (solvendi omne vinculum
iniquitatis), según la autoridad que diste a los Apóstoles”
Particularmente importante este testimonio, ya
que La Tradición
apostólica es la fuente de un gran número de constituciones eclesiásticas
orientales, lo que confirma que dicha conciencia estaba extendida a lo largo de
la Iglesia.
Las Constituciones Apostólicas del Siglo
IV
Al igual que en la Tradición Apostólica
de San Hipólito, las constituciones apostólicas escritas en Siria el siglo IV
incluyen una oración similar en la ordenación del obispo:
“Otórgale, Oh Señor todopoderoso, a través de
Cristo, la participación en Tu Santo Espíritu para que tenga el poder
para perdonar pecados de acuerdo a Tu precepto y Tu orden, y soltar
toda atadura, cualquiera sea, de acuerdo al poder el cual Has otorgado a los
Apóstoles” [22]
San Basilio el Grande (330-379 d.C.)
Obispo de Cesárea, y preeminente clérigo del
siglo IV. Es santo de la
Iglesia Ortodoxa y contado entre los Padres de la Iglesia.
Quasten comenta que aunque K. Holl opina que fue
San Basilio quien introdujo la confesión auricular en el sentido católico, como
confesión regular y obligatoria de todos los pecados, aun de los más secretos
[23]. Añade también: “Su error, empero, está en identificar la Confesión Sacramental
con la “confesión monástica” que era simplemente un medio de disciplina y de
dirección espiritual y no implicaba reconciliación ni absolución sacramental.
En su Regla [24] San Basilio ordena que el monje tiene que descubrir su corazón
y confesar todas sus ofensas, aun sus pensamientos más íntimos, a su superior o
a otros hombres probos “que gozan de la confianza de los hermanos.” En este
caso, el puesto del superior puede ocuparlo alguno que haya sido elegido como representante
suyo. No hay la menor indicación de que el superior o su sustituto tengan que
ser sacerdotes. Se puede decir, pues, que Basilio inauguró lo que se conoce
bajo el nombre de “confesión monástica” pero no así la confesión auricular, que
constituye una parte esencial del Sacramento de la Penitencia.”
Comenta también Quasten:
“De sus cartas canónicas (cf. supra, p.234) se
deduce que seguía todavía en vigor la disciplina que había existido en las
iglesias de Capadocia desde los tiempos de Gregorio Taumaturgo. La expiación
consistía en la separación del penitente de la asamblea cristiana (Capítulo
VII).. En la Epístola
canónica menciona cuatro grados: el estado de “los que lloran,” cuyo puesto
estaba fuera de la iglesia, προίσκλαυσις, el estado de “los que oyen", que
estaban presentes para la lectura de la Sagrada Escritura
y para el sermón, άκρόασης, el estado de “los que se postran", que
asistían de rodillas a la oración, υπόσταση, por último, el estado de quienes
“estaban de pie” durante todo el oficio, pero no participaban en la comunión
σύστασις.”
San Ambrosio de Milán (340-396 d.C.)
Es uno de los cuatro grandes doctores de la Iglesia latina. Nació
hacia 340 d.c. en Tréveris, pero fue criado en Roma. Fue elegido obispo de
Milán en 374 d.c. En el 387 D.c. bautizó a San Agustín de Hipona. Se hizo
popular por la firmeza de que diera pruebas en 390 d.C. ante el emperador
Teodosio, a quien prohibió el acceso a sus iglesias después de las matanzas de
Tesalónica, hasta que el emperador hizo pública penitencia. Murió en Milán en
396 d.C.
Compuso entre el 384 d.C. y el 394 d.C. , De
Paenitentia, que es un tratado no homilético en dos libros, en el cual Ambrosio
refuta las afirmaciones de los novacianos acerca de la potestad de la Iglesia de perdonar
pecados y facilita noticias de particular interés para conocer la practica
penitencial de la Iglesia
de Milán en el siglo IV.
“Profesan mostrando reverencia al Señor
reservando sólo a Él el poder de perdonar pecados. Mayor error
no puede ser que el que cometen al buscar rescindir de Sus órdenes echando
abajo el oficio que El confirió. La Iglesia Lo obedece en
ambos aspectos, al ligar el pecado y al soltarlo; porque el Señor quiso que
ambos poderes deban ser iguales“[25]
Enseña que este poder es una función del sacerdocio
y que este puede perdonar todos los pecados:
“Pareciera imposible que los pecados
deban ser perdonados a través de la penitencia; Cristo otorgó
este (poder) a los apóstoles y de los Apóstoles ha sido transmitido al oficio
de los sacerdotes“[26]
“El poder de perdonar se extiende a todos los
pecados: “Dios no hace distinción; Él prometió misericordia para todos y a sus
sacerdotes les otorgó la autoridad para perdonar sin ninguna excepción”
[27]
San Agustín de Hipona (354-430 d.C.)
Considerado como uno de los más grandes padres de
la Iglesia
por su notable y perdurable influencia en el pensamiento de la Iglesia. Nacido en
el año 354 d. C. llegó a ser, no sólo obispo de Hipona, sino uno de los más
grandes teólogos que el mundo ha conocido y uno de los primeros doctores de la Iglesia. Intervino
en las controversias que los cristianos sostuvieron con los maniqueos,
donatistas, pelagianos, arrianos y paganos. Muere el 430 d.C., dejando tras de
sí una gran cantidad de obras, parte de un legado que perdura hasta hoy.
Escribe contra aquellos que niegan que la Iglesia hubiera recibido
el poder de perdonar pecados:
“No escuchemos a aquellos que niegan
que la Iglesia
de Dios tiene poder para perdonar todos los pecados“[28]
Para finalizar citaremos brevemente otros testimonios
claros. San Pacián, Obispo de Barcelona (m. 390 d.C.) escribe respecto al
perdón de los pecados:
“Esto que tú dices, sólo Dios lo puede hacer.
Bastante cierto: pero cuando lo hace a través de Sus sacerdotes es Su
hacer de Su propio poder” [29]. San Atanasio (295-373 d.C.) escribe
“Así como el hombre bautizado por el sacerdote es iluminado por la Gracia del Espíritu Santo,
así también aquel quien en penitencia confiesa sus pecados, recibe a
través del sacerdote el perdón en virtud de la gracia de Cristo“[30]
Estas evidencias demuestran que la Iglesia ha tenido siempre
la conciencia plena de haber recibido de Cristo la facultad de perdonar pecados
y considera este don como parte del depósito de la fe. Sorprendentemente tanto
los padres de Oriente como de Occidente interpretan las palabras de Cristo tal
como lo hacemos los católicos casi veinte siglos después. Es evidente, por lo
tanto, que el Concilio de Trento solamente se hace eco de lo que ya la Iglesia enseñaba en contra
de los herejes de los primeros siglos, los cuales, en su gran mayoría, ni
siquiera defendían la posición protestante de hoy, ya que la gran mayoría de
ellos no rechazaba que la
Iglesia hubiera recibido tal facultad.
Referencias
[1] Enciclopedia Católica
[2] Enciclopedia Católica
[3] Juan 20, 21-23
[4] Mateo 16, 19
[5] Mateo 18, 18
[6] Manual Práctico para la Obra del Evangelismo
Personal, pub. Iglesia de Dios (Israelita)
[7] La confesión auricular, D. Sapia, pub.
www.conocereislaverdad.org
[8] Mateo 9, 6
[9] Mateo 9, 8
[10] Mateo 3, 6
[11] Hechos 19, 18
[12] Santiago 5, 16
[13] Manual Práctico para la Obra del Evangelismo
Personal, pub. Iglesia de Dios (Israelita)
[14] Didajé IV, 14. Padres Apostólicos, Daniel
Ruiz Bueno, pag. 82. pub. B.A.C 65
[15] “… dura et laboriosa per poenitentiam
remissio peccatorum, cum lavat peccator in lacrymis stratum suum et fiunt ei
lacrymae suae panes die ac nocte, et cum non erubescit sacerdoti domini
indicare peccatum suum et quaerere medicinam.” Citado en inglés en “The Faith of the Early
Fathers", Vol. 1 pp. 207. William A. Jurgens. Publ. Liturgical
Press, 1970. Collegeville, Minnesota. Homilías Sobre los Salmos 2, 4.
[16] Homilías Sobre los Salmos 37, 2, 5.
[17] Contra Celsum 3, 50: EH 253.
[18] De Paenitentia (c.7).
[19] De Paenitentia (c.7).
[20] De Pudicitia (c.21).
[21] De Lapsi 28; Epistolae 16, 2.
[22] Constitutione Apostolica VIII, 5 p. i., 1.
1073.
[23] Enthusiasmus p.257; 2.a ed. 267
[24] Regulae fusius tractae 25, 26 y 46
[25] De poenitentia, I, ii, 6.
[26] Op.cit., II, ii, 12.
[27] Op.cit., I, iii, 10
[28] De agonia Christi, III.
[29] Epistola I ad Simpron, 6 en P.L., XIII,
1057.
[30] Fragmentum contra Novatum pag. XXVI, 1315.
(Fuente: InfoCatólica-Apologética en el mundo)